Diplomático aclara límites legales del pasaporte diplomático tras caso narcomaletas
El pasaporte diplomático no genera por sí mismo privilegios ni inmunidades. El diplomático Windsor Hernani explica sus alcances reales a raíz del caso de ingreso irregular de maletas con divisas y drogas al país. Las normas internacionales y nacionales regulan su uso.
Prerrogativas limitadas a la acreditación
Según la Convención de Viena de 1961, los privilegios se aplican exclusivamente en el Estado donde el agente está acreditado. En terceros países, las facilidades son una cortesía, no una obligación. La vigencia de las inmunidades comienza con la acreditación y cesa al concluir las funciones.
Inspección del equipaje y procedimiento aduanero
El equipaje personal solo está exento de inspección en el Estado receptor, salvo sospecha fundada. En ese caso, la requisa debe hacerse en presencia del agente. En su Estado de origen, el portador está sujeto al régimen común. Un agente aduanero boliviano solo debe abstenerse de inspeccionar a un diplomático extranjero en ejercicio en el país.
La función, no el documento, otorga la protección
Los privilegios no dependen del tipo de pasaporte, sino de la función oficial y la acreditación. Un embajador mantiene inmunidad incluso con pasaporte ordinario. En derecho diplomático, la protección se otorga a la función, no al documento.
Otorgación a parlamentarios y otras autoridades
Diputados y senadores bolivianos tienen pasaporte diplomático por el Decreto Supremo N° 0734. Sin embargo, Hernani señala que, en la mayoría de países, este documento se reserva para Jefes de Estado, Ministros y diplomáticos en ejercicio. Los parlamentarios, cuya función es interna, suelen usar pasaporte oficial.
Antecedentes: El debate tras el caso narcomaletas
El reciente caso narcomaletas, que investiga el ingreso irregular de 32 maletas con divisas y drogas usando un pasaporte diplomático, puso en debate los privilegios que otorga este documento.
Cierre: Implicaciones legales y aduaneras claras
Las explicaciones del diplomático establecen que el documento por sí solo no concede impunidad. Subrayan la necesidad de que los controles estatales, como la aduana, apliquen correctamente el marco legal, distinguiendo entre agentes acreditados y portadores sin inmunidad.