Bolivia decreta estado de excepción nacional contra bloqueos
El Decreto Supremo 5636 rige en todo el país por 90 días y autoriza restricciones localizadas como toques de queda para liberar carreteras. La medida, firmada por el presidente Rodrigo Paz, busca garantizar el paso de alimentos, combustible y oxígeno a hospitales.
Medidas localizadas y alcance nacional
El estado de excepción tiene alcance nacional, pero las restricciones no se aplicarán de forma uniforme. La norma permite una “inmovilización obligatoria” y limitaciones al tránsito vehicular y peatonal, conocidos como toques de queda. Los ministerios de Gobierno y Defensa definirán zonas, horarios y excepciones mediante una resolución conjunta.
Restricciones adicionales autorizadas
El decreto autoriza suspender reuniones y manifestaciones públicas en zonas de riesgo, así como limitar la venta de alcohol y el uso de drones sobre infraestructura crítica. En el ámbito financiero, el Gobierno podrá suspender la atención presencial en bancos dentro de las áreas de intervención.
Prohibición nacional de bloqueos
A diferencia de las restricciones, la prohibición de bloquear vías urbanas, rurales e internacionales tiene alcance nacional. La norma también prohíbe el uso de violencia o coacción para obligar a participar en movilizaciones. Las Fuerzas Armadas coadyuvarán a la Policía en la protección de carreteras, hospitales y aeropuertos.
Antecedentes de la medida
El presidente Rodrigo Paz declaró que el estado de excepción busca “liberar a Bolivia de quienes utilizan el conflicto político para bloquear carreteras”. La norma, que debe ser refrendada por el Legislativo, garantiza el paso de ambulancias y vehículos de emergencia, y establece que los arrestos no podrán exceder las ocho horas antes de la puesta a disposición judicial.
Implicaciones de la declaración
La aplicación del decreto queda supeditada a la evolución de los bloqueos y los hechos de violencia. Los ministerios de Gobierno y Defensa evaluarán los riesgos para activar restricciones de forma necesaria, proporcional y gradual. Los derechos fundamentales y garantías constitucionales permanecen vigentes durante la vigencia de la medida.