La Alcaldía cuestiona seis errores en sentencia del Mutualista
Seis errores jurídicos ha identificado la Alcaldía de Santa Cruz de la Sierra en la sentencia constitucional que reconoce derechos a la familia Crapuzzi sobre los terrenos del mercado Mutualista. El abogado Diego Coimbra ha solicitado la autocorrección del fallo.
Las fallas de forma y fondo señaladas por el municipio
Diego Coimbra, abogado del municipio, ha explicado que la Sentencia Constitucional Plurinacional 0531/2024-S3 incurre en seis errores. Entre ellos, control normativo por vía incorrecta, ya que la Ley Municipal 417/2016 fue revisada mediante un amparo constitucional en lugar de una acción de inconstitucionalidad.
Incumplimiento de plazos y conflicto de propiedad
El amparo fue presentado siete años después de la emisión de la ley, cuando el plazo legal sería de seis meses. Además, el Tribunal Constitucional ingresó al fondo de un conflicto de derecho propietario que corresponde a la justicia ordinaria.
Documentos históricos y ubicación de los terrenos
La Alcaldía sostiene que la sentencia ignoró la expropiación de 1985 y que los documentos de los Crapuzzi corresponderían a otra zona distinta al mercado Mutualista. También se cuestiona la validez del denominado ‘Plano Sepia’.
Defensa de nueva ley municipal
Coimbra ha afirmado que el Concejo Municipal tiene respaldo constitucional para emitir una nueva ley que declare el predio como bien de dominio público, en cumplimiento de una exhortación de la Sala Constitucional.
Antecedentes del conflicto judicial
La Sentencia Constitucional Plurinacional 0531/2024-S3, emitida en diciembre de 2024, falló a favor de Nelson Miguel Crapuzzi, anulando la Ley Autonómica Municipal 417/2016 y los registros en Derechos Reales. El municipio ha solicitado la revisión del fallo.
Implicaciones para el espacio público
La anulación de la ley de 2016 no elimina los antecedentes históricos del predio desde 1985, según Coimbra. El abogado ha cuestionado que la familia Crapuzzi no haya acudido a la justicia ordinaria, donde el municipio prevé que prevalecerá su derecho propietario.