Bancos solo pedirán certificado de sufragio del balotaje desde este lunes
El certificado de sufragio del 19 de octubre será el único documento requerido en entidades bancarias durante tres meses. El vocal del TSE, Gustavo Ávila, aclaró que ya no es necesario presentar el comprobante de la primera vuelta del 17 de agosto.
Cambio en los requisitos bancarios
Gustavo Ávila, vocal del Tribuno Supremo Electoral (TSE), informó que desde este lunes 20 de octubre las instituciones financieras solicitarán únicamente el certificado de la segunda vuelta. Desmintió las versiones que señalaban la necesidad de presentar ambos comprobantes y enfatizó que «no se pedirá más de un documento».
Plazo para quienes no votaron
Las personas que no emitieron su voto este domingo disponen de 30 días para gestionar su certificado de impedimento. Deben acudir a los tribunales electorales departamentales con un justificativo válido, como certificados médicos, permisos laborales o pasajes de viaje.
Antecedentes del proceso electoral
La aclaración se produce tras la segunda vuelta electoral del 19 de octubre, dejando sin efecto la exigencia del certificado de votación de la primera vuelta del pasado 17 de agosto.
Implicaciones para la ciudadanía
La medida simplifica los trámites bancarios al requerir un solo documento, estableciendo un plazo definido de tres meses para su presentación y un mes para regularizar situaciones de inasistencia al balotaje.