TSE multa a medios con hasta 137.500 bolivianos por silencio electoral
El Tribunal Supremo Electoral (TSE) puede imponer multas de hasta 137.500 bolivianos a los medios que infrinjan el silencio electoral. La norma prohíbe la difusión de contenido que favorezca o perjudique a candidaturas desde 48 horas antes de los comicios.
Rango de Sanciones y Casos Concretos
El vocal del TSE, Gustavo Ávila, detalló que las multas oscilan entre 20 y 50 salarios mínimos, dependiendo de la gravedad de la falta. La sanción máxima equivale a 137.500 bolivianos. El Servicio Intercultural de Fortalecimiento Democrático (SIFDE) recomendó sancionar a medios como Correo del Sur, El Diario, El Día, Urgentebo y Brújula Digital por publicar columnas de opinión en agosto.
Posición de la Prensa y Cuestionamiento Legal
La Asociación Nacional de la Prensa (ANP) envió una carta al TSE pidiendo la adecuación de sus actuaciones a la Constitución y tratados internacionales. Un análisis de la ANP advierte que la norma restringe derechos fundamentales y genera autocensura, debilitando al ecosistema mediático nacional.
Antecedentes Normativos
La prohibición se basa en el artículo 122 de la Ley 026 de 2010, que establece el silencio electoral desde 48 horas antes de los comicios hasta el cierre de la votación.
Implicaciones para la Libertad de Prensa
La aplicación de estas multas genera un debate sobre su impacto en la libertad de expresión y la necesidad de armonizar la normativa electoral con los derechos constitucionales.