TSE advierte sanciones por difundir encuestas electorales fuera de plazo
El vocal Tahuichi confirma que los delitos electorales siguen vigentes. Desde el 20 de mayo hasta el 10 de agosto es el único período autorizado para publicar sondeos. Quienes incumplan podrían enfrentar multas o prisión, según la Ley 026.
«Difundir encuestas fuera de plazo es un delito electoral»
El vocal del TSE, Tahuichi Tahuichi, señaló que el artículo 238 inciso k) de la Ley 026 establece sanciones para medios, empresas o particulares que publiquen encuestas de intención de voto fuera del período permitido. Las penas incluyen «multas o privación de libertad de uno a tres años».
¿A quiénes aplica la sanción?
Tahuichi aclaró que la norma también afecta a precandidatos, ya que, hasta el 6 de junio —fecha de oficialización de candidaturas—, son considerados «personas particulares». Subrayó que los jueces determinarán la interpretación final sobre si aplica a candidatos en proceso de registro.
Un calendario electoral con reglas claras
La Ley 026 del Régimen Electoral establece que solo entre el 20 de mayo y el 10 de agosto se pueden difundir encuestas autorizadas. El artículo 136, parágrafos I y II, refuerza las sanciones para quienes violen esta disposición, incluso durante la precampaña.
Elecciones bajo estricto control
El TSE busca evitar influencias indebidas en el proceso electoral boliviano, que definirá el 6 de junio a los candidatos oficiales. La advertencia llega en un contexto donde la difusión de sondeos no regulados podría alterar la percepción pública.
El mensaje es claro: cumplir o enfrentar consecuencias
La advertencia del TSE refuerza el marco legal vigente, poniendo énfasis en el control de información electoral. La ciudadanía y los actores políticos deberán ajustarse a los plazos establecidos para evitar sanciones penales o económicas.