Bolivia incorpora cinco delitos digitales para proteger a menores
Las penas de prisión oscilan entre 3 y 15 años. El presidente Luis Arce promulgó la Ley Nº 1636 para combatir el abuso sexual infantil en entornos digitales. La norma entró en vigencia para llenar vacíos legales existentes.
Un escudo legal para la niñez digital
La nueva ley introduce cinco figuras penales. La producción de material de abuso sexual infantil conlleva la pena más severa: de 10 a 15 años de prisión. También se penaliza el contacto con fines sexuales, el abuso sexual por medios digitales, la exposición a contenidos sexuales y la posesión o comercialización de dicho material.
Herramientas para la investigación y la reparación
La normativa permite el uso de agentes encubiertos digitales para investigar estos delitos. Además, establece el derecho de las víctimas a una reparación integral del daño, incluyendo medidas de seguridad física y tratamientos psicológicos, cuyo avance se informará mensualmente.
La necesidad de una ley moderna
La fiscal Jessica Echeverría señaló que la normativa viene a llenar muchos vacíos legales. Antes, investigaciones con “videos de niños quedaban en nada, porque no se lo tipificaba como delito de pornografía”. La Ley N° 263 contra la pornografía infantil era insuficiente frente a su expansión digital.
Una respuesta a una realidad alarmante
La vulneración de derechos en entornos digitales es una preocupación creciente. Hasta junio, el Ministerio Público registró 136 casos, una cifra que se subestima. En julio, la Policía confiscó más de 11.000 archivos de alto contenido violento y sexual.
Protegiendo a los más vulnerables en el mundo virtual
La ley fortalece la prevención, protección y reparación frente a delitos como el grooming. Su implementación busca garantizar una mayor seguridad para niñas, niños y adolescentes en los espacios digitales.