ASFI exige licencia a empresas que operan con activos virtuales en Bolivia
Las ETF deben regularizarse antes de ofrecer servicios financieros. La medida, vigente desde el 3 de julio, no aplica a plataformas internacionales como Binance. La ASFI busca clarificar el marco legal ante rumores sobre su alcance.
«Normativa clara para operaciones locales, no globales»
La directora ejecutiva de la ASFI, Ivette Espinoza, explicó que el reglamento (Resolución 540/2025) rige solo para empresas nacionales que trabajen con activos virtuales en servicios financieros, mercados de valores o seguros. «No podemos normar plataformas internacionales como Binance», aclaró, desmintiendo versiones erróneas.
Qué deben hacer las empresas
Las Empresas de Tecnología Financiera (ETF) ya establecidas deberán tramitar su licencia y adecuarse. Las nuevas que operen con criptoactivos como USDT o USDC también están obligadas. La norma no prohíbe transacciones peer-to-peer entre particulares.
Antecedentes: regulación en un mercado en sombra
Bolivia mantiene una prohibición general sobre criptomonedas desde 2014, pero el uso de activos virtuales creció en operaciones informales. La ASFI busca ordenar el sector sin afectar plataformas globales, aunque sí supervisará a quienes formalicen estas actividades en el país.
Cierre: transparencia versus autonomía
La medida equilibra control estatal y realidad tecnológica. Mientras las ETF se someten a supervisión, los usuarios mantienen opciones descentralizadas. La ASFI insiste en que su rol es regular operadores locales, no transacciones individuales.