El Gobierno aprueba un reglamento con sanciones para controlar carburantes
El Decreto 5619 establece infracciones y sanciones económicas para garantizar la calidad de los carburantes. La norma regula la toma de muestras y análisis de laboratorio en la cadena de producción, importación, transporte y comercialización en el país.
Sanciones según la gravedad de la infracción
El reglamento crea un régimen de infracciones leves, graves y muy graves. Las faltas muy graves incluyen adulterar carburantes o distribuir combustibles que no cumplan las especificaciones. Las sanciones se imponen en UFV y van desde 3.000 UFV para faltas leves hasta 200.000 UFV para las muy graves, según el volumen comercializado.
Exigencias de calidad para la gasolina
La norma exige un octanaje mínimo de 85 para la gasolina especial y 91 para la súper. También se demanda que el combustible sea cristalino y de apariencia incolora a ligeramente amarilla. Las estaciones de servicio no podrán vender carburantes hasta recibir resultados de análisis que cumplan las especificaciones.
Origen de la normativa tras una polémica prolongada
El reglamento surge después de una polémica de meses por la comercialización de gasolina desestabilizada que dañó vehículos en el país. La norma controla carburantes como gasolina, diésel, Jet Fuel y kerosene.
Implicaciones del nuevo control de calidad
El decreto busca evitar daños a los consumidores mediante la regulación de toda la cadena de suministro y la imposición de sanciones económicas disuasorias para los infractores.