La defensa de Crapuzzi sostiene que el fallo favorable sigue vigente
El abogado Waminqa Serrano afirma que la sentencia constitucional 531/2024 no fue anulada por una reciente tutela. El proceso tiene dos vías legales paralelas.
Dos procesos judiciales separados
Serrano explicó que existen dos procesos en el caso Mutualista: una sentencia ejecutoria firme y una acción popular. La acción popular concedió la tutela colectiva por el espacio público, pero no dejó de lado el fallo favorable a la familia Crapuzzi.
Cuestionamiento a la sala constitucional
La defensa indicó que la resolución aplicó jurisprudencia que no guarda relación con el caso. Consideró que el fundamento de la Alcaldía es forzado y reiteró que la sentencia 531 anuló una ley confiscatoria.
La Alcaldía no tiene titularidad del predio
Serrano aseguró que la familia Crapuzzi tiene documentación que acredita la propiedad desde 1952. Afirmó que el municipio reconoció en audiencia que los títulos de los Crapuzzi corresponden a otra propiedad, por lo que no tiene título sobre el terreno del mercado.
Advertencia sobre nueva ley municipal
El abogado advirtió que si el Concejo Municipal aprueba una nueva ley declarando el predio como bien de dominio público, el Tribunal Constitucional la anularía. Manifestó que la Alcaldía debe pagar la expropiación si quiere el mercado y no mentir a la gente.
Repercusión legal del conflicto
La defensa sostiene que la sentencia favorable a los Crapuzzi sigue firme y que la Alcaldía debe acudir a la justicia ordinaria con nueva documentación si desea iniciar procesos, pues no puede usar la misma ya analizada.
Antecedentes del litigio por el Mutualista
La sentencia constitucional 531/2024, favorable a la familia Crapuzzi, anuló la ley municipal 417, que declaraba el predio del mercado Mutualista como bien de dominio público sin respaldo documental, según la defensa.
Implicaciones del conflicto judicial
La defensa indica que el municipio no tiene título de propiedad y que cualquier nueva ley municipal similar podría ser anulada. La vía legal sigue dividida entre la tutela colectiva y la sentencia firme de los Crapuzzi.