El certificado del balotaje será exigido por 90 días para trámites bancarios

El certificado de sufragio del balotaje es requisito obligatorio por 90 días en cinco departamentos para transacciones bancarias y pasaportes. Quienes no votaron deben justificarlo en 30 días o enfrentar multas.
Correo del Sur
El TED designó a 10.548 jurados electorales para esta segunda vuelta en Chuquisaca.
El TED designó a 10.548 jurados electorales para esta segunda vuelta en Chuquisaca. / Correo del Sur / Correo del Sur

Certificado de balotaje es obligatorio para trámites bancarios y pasaportes

Desde este lunes y por 90 días, el certificado de sufragio del balotaje es requisito obligatorio en cinco departamentos para realizar transacciones bancarias y tramitar pasaportes. El documento es exigido en Chuquisaca, Oruro, Tarija, Beni y Santa Cruz.

Vigencia y trámite del certificado electoral

El vocal del Tribunal Electoral Departamental (TED) de Chuquisaca, Sergio Miranda, confirmó la entrada en vigencia del documento. Los ciudadanos que votaron deben conservar su certificado hasta el 18 de julio. Quienes no votaron tienen 30 días para tramitar el certificado de impedimento en las oficinas del TED, presentando justificación documentada.

Sanciones por no votar sin justificación

El TED de Chuquisaca informó que la inasistencia al balotaje sin causa conlleva una multa. La sanción para el ciudadano común es del 20% del salario mínimo nacional, unos Bs 660. Para los jurados electorales que faltaron sin justificación, la multa asciende al 50%, aproximadamente Bs 1.650.

Antecedentes del proceso electoral

El balotaje se desarrolló en cinco departamentos. El TED de Chuquisaca designó a 10.548 jurados electorales para la segunda vuelta, distribuidos en 1.758 mesas de sufragio. El padrón electoral en el departamento estaba compuesto por 370.517 votantes habilitados.

Cierre del proceso de certificación

La medida implica que, durante tres meses, la posesión del certificado será clave para gestiones financieras y de documentación. El proceso habilita un periodo de 30 días para regularizar la situación de quienes no emitieron su voto, previa presentación de justificantes ante el órgano electoral correspondiente.

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