Sala Constitucional de Santa Cruz inhabilita a Medrano para elecciones autonómicas
La Sala Constitucional Primera del Tribunal Departamental de Justicia de Santa Cruz denegó la tutela sobre la acción de constitucionalidad presentada por Juan Carlos Medrano. La decisión deja fuera de los comicios autonómicos de este año al candidato, después de que el Tribunal Supremo Electoral (TSE) cancelara la personería jurídica de su partido, ADN.
Fundamento de la decisión judicial
Las vocales constitucionales Carla García y Alaín Núñez determinaron que el accionante no acreditó de manera sustancial la vulneración de los límites de autorregulación. Por ello, la Sala no ingresó al análisis de fondo de la demanda. Las magistradas señalaron que el TSE, como máxima instancia de un Órgano del Estado, cuenta con atribuciones jurisdiccionales propias y es la instancia competente para dirimir asuntos electorales.
Recurso desestimado y sus efectos
Medrano presentó una acción de amparo constitucional para que se le «respete» su derecho a ser candidato. Este recurso se presentó después de que el TSE retirara la personería jurídica a ADN e inhabilitara a todas las alianzas vinculadas. La denegatoria de la tutela confirma la cancelación de la personalidad jurídica de ADN, la cancelación de sus alianzas y la inhabilitación de sus candidatos.
Antecedentes del caso ante el Tribunal Constitucional
La decisión del TSE que retiró la personería jurídica a ADN fue impugnada ante el Tribunal Constitucional Plurinacional por la misma organización política. Este proceso ante el TCP es independiente del resuelto este jueves por la Sala Constitucional de Santa Cruz.
Cierre: Consecuencias de la inhabilitación
La resolución judicial cierra la vía de habilitación de Juan Carlos Medrano para las elecciones autonómicas de este año. La decisión ratifica la autoridad del TSE en materia electoral y tiene como efecto inmediato la exclusión de la candidatura de Medrano y de todos los candidatos de ADN y sus alianzas del proceso electoral.