Un tribunal federal declara ilegal el fin del TPS para venezolanos y haitianos
Un panel del Tribunal de Apelaciones del 9no Circuito ratificó que la ministra Kristi Noem excedió su autoridad legal. La Corte Suprema, sin embargo, permite que la terminación del estatus siga vigente de momento a la espera de una decisión final.
Fallo judicial sin efecto inmediato
El panel de tres jueces confirmó el dictamen de un tribunal inferior. Determinó que la ministra de Seguridad Nacional, Kristi Noem, actuó ilegalmente al finalizar el Estatus de Protección Temporal (TPS) para ciudadanos de Venezuela y Haití. La decisión no tiene efecto práctico porque la Corte Suprema permitió en octubre que la terminación del TPS entrara en vigor durante el proceso judicial.
Fundamento legal de la sentencia
Los jueces Kim Wardlaw, Salvador Mendoza, Jr. y Anthony Johnstone señalaron que la legislación del TPS no otorga al secretario el poder de anular una designación existente. Wardlaw escribió que las acciones de Noem han tenido consecuencias reales y significativas, con ejemplos de beneficiarios deportados o detenidos tras perder su estatus.
Antecedentes del programa de protección
El TPS fue autorizado por el Congreso en 1990. Permite otorgar estatus migratorio legal a personas que huyen de conflictos civiles, desastres ambientales u otras condiciones extraordinarias en su país. El estatus evita la deportación y permite trabajar, pero no ofrece una vía hacia la ciudadanía. Las designaciones se otorgan por periodos de 6 a 18 meses y son renovables.
Implicaciones y cierre del proceso
La vigencia de las protecciones sigue en el aire. La designación del TPS para Haití está programada para finalizar el 3 de febrero. Los abogados del gobierno argumentan que la secretaria tiene autoridad amplia sobre el programa y que sus decisiones no están sujetas a revisión judicial. Niegan que sus acciones estuvieran motivadas por animosidad racial.