TSE ratifica cancelación de personalidad jurídica de UCS y MOP para elecciones 2026

El Tribunal Supremo Electoral confirmó la cancelación definitiva de la personalidad jurídica de UCS y MOP. Esta decisión inhabilita a todos sus candidatos para las elecciones subnacionales de 2026, impidiendo su registro en cualquier otra organización política.
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TSE ratifica cancelación de personalidad jurídica de UCS y MOP

La Sala Plena del Tribunal Supremo Electoral (TSE) confirmó la cancelación definitiva de la personalidad jurídica de Unidad Cívica Solidaria (UCS) y del Movimiento de Organización Popular (MOP). Esta decisión, tomada este miércoles, inhabilita a todos sus candidatos para las elecciones subnacionales de 2026, impidiendo su registro en cualquier otra organización política.

Resolución excluye candidaturas de forma definitiva

El secretario de Cámara del TSE, Fernando Arteaga, dio lectura a la resolución que establece la cancelación. El texto señala que, en consecuencia, “quedan inhabilitadas las candidaturas, no pudiendo ser registradas en otro partido político o alianza”. La Sala Plena también rechazó la impugnación presentada por la dirigencia de UCS.

Fundamento legal en el umbral de votación

El presidente del TSE, Gustavo Ávila, recordó el fundamento de la medida. Explicó que tanto UCS como Acción Democrática Nacionalista (ADN) no alcanzaron el mínimo del 3% de votación en los últimos comicios generales. Este es un requisito legal indispensable para conservar la personería jurídica.

Antecedentes: Incumplimiento del requisito electoral

La normativa vigente establece que las organizaciones políticas que no logran al menos el 3% de la votación en las elecciones generales pierden su personalidad jurídica. Este fue el caso de UCS y ADN, según precisó el presidente del TSE.

Cierre: Consecuencias inmediatas para el proceso

La ratificación de la cancelación tiene una repercusión directa en el calendario electoral. Los candidatos de UCS y MOP quedan fuera del proceso subnacional de 2026 de manera automática, sin opción a ser habilitados por otras siglas, tal como establece la resolución del tribunal electoral.

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