Certificado de exención de voto disponible desde este lunes en TED
Desde este lunes 20 de abril y por un periodo de tres meses, entidades financieras e instituciones solicitarán el certificado de sufragio para trámites. Quienes no votaron en la segunda vuelta de gobernadores pueden tramitar la exención.
Quiénes pueden solicitar el documento de impedimento
El trámite está dirigido a electores habilitados que no pudieron votar por fuerza mayor o caso fortuito. Este trabajo inició el domingo en los recintos electorales para entregar el documento a solicitantes.
Plazo y modalidad para el trámite
El certificado podrá tramitarse desde este lunes 20 de abril y durante los 30 días siguientes a la jornada electoral. El interesado debe realizar el trámite de manera personal en los Tribunales Electorales Departamentales (TED).
Requisitos necesarios para la solicitud
Se debe presentar: una carta dirigida a la presidenta o presidente del TED, cédula de identidad y justificación documentada que avale el impedimento para sufragar.
Contexto de la exigencia del certificado
La medida aplica tras la segunda vuelta para elección de gobernadores celebrada en cinco departamentos. Las entidades financieras pedirán el comprobante de voto o exención para realizar transacciones.
Implicaciones del proceso
Los ciudadanos que no sufragaron y carezcan del certificado de exención podrían ver limitados sus trámites financieros y administrativos durante el periodo establecido de tres meses.