El Tribunal Supremo dictamina que besar la mano sin consentimiento es agresión sexual
El Tribunal Supremo de España ha confirmado una multa de 1.620 euros a un hombre por agresión sexual por besar la mano de una mujer sin su permiso. El caso, ocurrido en 2023 en una parada de autobús de Madrid, redefine los límites del consentimiento bajo la ley de ‘Solo sí es sí’.
Un caso que llegó al alto tribunal
El incidente ocurrió cuando un hombre besó la mano de una mujer en una parada e insinuó con gestos que le siguiera y que le pagaría. La Audiencia Provincial de Madrid ya había confirmado la condena inicial por agresión sexual, pero el condenado recurrió al Tribunal Supremo.
Los argumentos de la defensa y la fiscalía
La defensa alegó que no hubo violencia o intimidación y que el hecho, ocurrido en un lugar público y a plena luz del día, constituía como mucho un acoso de carácter sexual. El Tribunal Supremo rechazó estos argumentos, subrayando que existió un claro componente sexual al tomar y besar su mano sin consentimiento.
Votos particulares y debate social
Dos magistrados emitieron votos particulares discrepantes, considerando que besar la mano es un saludo obsoleto en la cultura española, no un acto de naturaleza sexual. Este fallo se enmarca en el intenso debate sobre el consentimiento en España, impulsado por la ley de 2022.
Un precedente bajo la ley ‘Solo sí es sí’
La sentencia aplica la legislación de 2022, que elimina la necesidad de probar violencia o intimidación para configurar una agresión sexual, centrándose únicamente en la ausencia de consentimiento. Este marco legal ya se aplicó en casos de alto perfil como el de Luis Rubiales.
Repercusión legal y social del fallo
La decisión del Tribunal Supremo establece un precedente jurídico sobre los límites del contacto físico no consentido. El fallo subraya que actos con connotación sexual, como besar la mano, pueden ser tipificados como agresión aunque no medie violencia física, reforzando la interpretación de la ley de garantía integral de la libertad sexual.