TSE establece multas electorales basadas en salario mínimo de Bs 3.300
Multas de hasta Bs 1.650 para quienes incumplan obligaciones en los comicios subnacionales del 22 de marzo. El Tribunal Supremo Electoral (TSE) detalló las sanciones para ciudadanos, jurados, notarios y servidores públicos, las cuales se aplicarán según la gravedad de la infracción.
Sanciones escalonadas para todos los actores electorales
Las multas fueron determinadas en función al salario mínimo nacional vigente, que es de Bs 3.300. La base legal es el artículo 236 de la Ley N.° 026 y la Resolución TSE-RSP-ADM N.º 428/2024. El sistema de sanciones busca garantizar el normal desarrollo de la jornada.
Multas para la ciudadanía y funcionarios financieros
Los ciudadanos que no emitan su voto o no presenten el certificado de sufragio deberán pagar Bs 660. La misma multa aplica a funcionarios de entidades financieras que no exijan dicho certificado cuando la ley lo establece. Una sanción de Bs 330 rige para quienes no se inscriban en el padrón o lo hagan con datos incompletos.
Responsabilidades de jurados y notarios
Los jurados electorales que no asistan injustificadamente o abandonen la mesa de sufragio enfrentan una multa de Bs 1.650. Faltas consideradas intermedias, como ausentarse temporalmente sin autorización, serán sancionadas con Bs 990. Los notarios que incumplan funciones como la capacitación de jurados también pagarán Bs 1.650.
Marco normativo de las sanciones
El TSE estableció este régimen de faltas y sanciones en el marco de las elecciones subnacionales. Las disposiciones están contenidas en la Resolución TSE-RSP-ADM N.º 428/2024, derivada de la Ley del Régimen Electoral.
Implicaciones para el proceso electoral
La aplicación de estas multas busca regular la conducta de todos los involucrados en el proceso. La repercusión inmediata es la advertencia clara sobre las consecuencias económicas del incumplimiento de deberes electorales, desde el ciudadano común hasta el servidor público.