TSE ratifica inhabilitación de candidatos de ADN para elecciones subnacionales
Los candidatos de ADN, cuyo partido perdió su personería jurídica, no podrán inscribirse en otra organización política ni postular a otro cargo. El presidente del Tribunal Supremo Electoral, Gustavo Ávila, fundamentó la decisión en el reglamento vigente. La medida se aplica tras la cancelación legal de ADN.
Fundamento legal de la inhabilitación
El vocal Gustavo Ávila explicó que, según el reglamento, “cuando una organización política pierde su personería jurídica, esos candidatos (…) están inhabilitados”. La norma impide que las candidaturas inhabilitadas sean registradas por otro partido o por la misma organización, ya sea para el mismo u otro cargo.
Respuesta del TSE a recursos legales
Ávila señaló que el órgano electoral recurrirá a todas las instancias si identifica intentos de vulnerar la Constitución y la ley. Esta declaración se produce mientras perfiles inhabilitados de ADN presentan recursos constitucionales contra los vocales del TSE.
Agenda con organizaciones políticas
El TSE tiene previsto un encuentro este jueves con los partidos. En la reunión se abordará la guerra sucia, la lucha contra la desinformación y la obligación de revisar el padrón electoral. También se tratará el respeto al principio de preclusión y a los resultados electorales.
Antecedentes de la decisión
La inhabilitación se ratificó tras la cancelación de la personería jurídica de Acción Democrática Nacionalista. El presidente del TSE subrayó que los vocales tienen el mandato de cumplir la Constitución y la normativa vigente.
Cierre del proceso para candidatos inhabilitados
La decisión del Tribunal Supremo Electoral cierra la vía de participación en los comicios subnacionales para los candidatos originalmente inscritos por ADN. La medida aplica el principio de legalidad y busca asegurar el cumplimiento de las reglas del proceso electoral por todas las autoridades.