Sala Constitucional de Chuquisaca rechaza amparo de candidato Poppe
La Sala Constitucional Segunda del Tribunal Departamental de Justicia de Chuquisaca declaró improcedente el amparo de Horacio Poppe. El candidato buscaba revertir una resolución del TSE que lo dejó fuera de las elecciones subnacionales de marzo. La decisión judicial se conoció este miércoles 21 de enero.
Fallo judicial cierra vía de impugnación
Las vocales constitucionales Paola Valeria Barrón y Julia Jimena Andrade firmaron la resolución. Concluyeron que la acción de amparo no cumplía con los presupuestos necesarios para su admisión. Con este fallo, se agota esta vía judicial para intentar revertir la exclusión electoral.
Origen de la exclusión: la cancelación de ADN
El TSE dejó fuera de la contienda a Poppe y a su alianza, Nueva República, por tener un acuerdo con Acción Democrática Nacionalista (ADN). La medida afecta a todos los frentes que tenían acuerdos con ese partido. Este mismo miércoles, el TSE confirmó la cancelación de la personería jurídica de ADN.
Antecedentes de la resolución electoral
La acción de amparo de Horacio Poppe se presentó contra los vocales del TSE. Su objetivo era revertir la resolución del órgano electoral que lo excluyó de la competencia por las subnacionales de marzo, tras la cancelación de la personería de ADN.
Cierre: Consecuencias de la decisión judicial
La decisión de la Sala Constitucional ratifica la exclusión electoral de la alianza Nueva República en Chuquisaca. Esto confirma el alcance de la resolución del TSE sobre los acuerdos con partidos sin personería jurídica, definiendo el panorama electoral para los comicios.