La Justicia de El Alto rechaza un recurso contra el decreto que permite al presidente gobernar digitalmente

La Sala Constitucional Tercera de El Alto rechazó una Acción Popular contra el Decreto Supremo 5515, que permite al presidente ejercer funciones desde el exterior mediante tecnología. El tribunal consideró incorrecta la vía legal utilizada por el demandante.
Correo del Sur

Sala Constitucional de El Alto rechaza recurso contra decreto de Gobierno digital

La Sala Constitucional Tercera de El Alto rechazó la Acción Popular que buscaba anular el Decreto Supremo 5515. El recurso fue interpuesto por el abogado Wilmer Vásquez. La norma autoriza al presidente Rodrigo Paz a gobernar desde el exterior mediante medios tecnológicos.

Fundamento jurídico de la decisión

El vocal Ricardo Guisbely Limachi argumentó que la vía legal utilizada fue incorrecta. Señaló que “no se puede plantear una Acción Popular alegando la inconstitucionalidad”. Para ese fin, según la autoridad judicial, existen las acciones de inconstitucionalidad.

Posición del Ejecutivo y antecedentes del caso

El viceministro de Transparencia, Yamil García, había anticipado la falta de fundamento jurídico del reclamo. Reveló que el mismo accionante intentó frenar la norma el 9 de enero en Santa Cruz, donde también se le denegó la tutela. El Ejecutivo sostuvo que no es viable abrir múltiples causas mientras el Tribunal Constitucional Plurinacional (TCP) tiene una revisión pendiente sobre el primer fallo.

Antecedentes: El decreto en cuestión

El decreto cuestionado, vigente desde el 29 de diciembre de 2025, establece que el mandatario ejercerá sus atribuciones “a través de medios tecnológicos de comunicación” en caso de ausencia temporal.

Cierre: Consecuencias procesales y vigencia de la norma

La representación de la Presidencia coincidió con la resolución y solicitó que Vásquez pagara los costos de la audiencia, pero el vocal Limachi desestimó esa petición. El decreto 5515 sigue vigente y el recurso legal en su contra ha sido rechazado en esta instancia.

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