Gobierno retira temporalmente el diésel de la lista de sustancias controladas
El Decreto Supremo N° 5517 suspende por un año la inclusión del diésel en la Lista de Sustancias Controladas. La medida, emitida por el presidente Rodrigo Paz, busca garantizar el suministro para el transporte y la producción.
Un año de vigencia para flexibilizar el mercado
La normativa elimina el requisito de Autorización Previa (AP) ante la Dirección General de Sustancias Controladas (DGSC). La suspensión tendrá una vigencia temporal de un (1) año, según los parágrafos del decreto. Vencido el plazo, el diésel volverá automáticamente a la lista, a menos que una nueva norma prorrogue el cambio.
Liberalización de la importación y venta
El artículo 4 autoriza a cualquier persona natural o jurídica la importación y comercialización de derivados del petróleo. Esto aplica bajo un régimen de libre acceso no discriminatorio, siempre que se cuente con capacidad de almacenaje propia o alquilada.
Antecedentes de la medida excepcional
El DS 5517 fue publicado el martes 13 de enero en la Gaceta Oficial. El objetivo declarado es garantizar la provisión continua de diésel para la agroindustria y otros sectores estratégicos del país.
Cierre y consecuencias regulatorias
La medida es temporal y su aplicación depende de una Resolución Administrativa de la Agencia Nacional de Hidrocarburos (ANH) que adecue los procedimientos de importación. La repercusión inmediata es la liberalización del mercado de este combustible por un periodo definido.