Senado aprueba resolución para bloquear salida del país de exautoridades
El pleno de la Cámara de Senadores aprobó por unanimidad una Resolución Camaral que exhorta a la Dirección Nacional de Migración a impedir la salida del país de exautoridades, incluidos el expresidente y exvicepresidente. La medida busca aplicar la Ley 1352 de Permanencia Obligatoria mientras continúan investigaciones sobre presuntos hechos irregulares.
Unión en el hemiciclo para evitar impunidad
El senador Wilder Véliz (PDC) informó que la resolución fue presentada y aprobada por unanimidad. El objetivo es que las exautoridades no salgan del país antes de que se esclarezcan todos los presuntos hechos de corrupción que se están describiendo en diferentes instituciones públicas.
Marco legal de la permanencia obligatoria
La decisión se enmarca en la Ley 1352 del 14 de octubre de 2020. Esta norma establece la Permanencia Obligatoria en Territorio Nacional para autoridades del nivel central y entidades territoriales autónomas por un periodo de tres meses tras la conclusión de su mandato.
Quiénes están obligados a permanecer
Según el Artículo 1 de la ley, la obligación alcanza a presidentes, vicepresidentes, ministros, asambleístas nacionales, gobernadores, alcaldes, además de las máximas autoridades ejecutivas de empresas e instituciones públicas que administren recursos fiscales.
Finalidad y responsabilidad por incumplimiento
El Artículo 2 precisa que la finalidad es garantizar transparencia en la entrega de información y evitar actos de corrupción o posibles escenarios de impunidad. El Artículo 4 advierte que quienes incumplan esta disposición asumirán responsabilidad penal.
Antecedentes normativos
La Ley 1352 establece la Permanencia Obligatoria en Territorio Nacional para autoridades. Su objetivo es asegurar que las autoridades salientes permanezcan en el país por tres meses tras la conclusión de su mandato o destitución, a fin de rendir informes, garantizar la transición y proteger los intereses del Estado.
Cierre y aplicación de la medida
Para la aplicación efectiva, la Contraloría General del Estado deberá remitir a la Dirección General de Migración el listado de autoridades obligadas a permanecer en el territorio nacional, tal como establece la disposición final única de la ley.