ADN recurre al TCP para evitar la cancelación de su personería jurídica
El partido ADN obtuvo un 1,45% de los votos, por debajo del 3% mínimo exigido por la Ley 1096. El Tribunal Supremo Electoral (TSE) rechazó su recurso pero debe remitir el caso al Tribunal Constitucional Plurinacional (TCP).
Recurso ante el constitucional
Acción Democrática Nacionalista (ADN) presentó una acción de inconstitucionalidad contra la Ley 1096 de Organizaciones Políticas. El jefe nacional del partido, Gabriel Gutiérrez, afirmó que la norma fue creada para deshacerse de los partidos. La alianza que integraba ADN obtuvo un 1,45% de los votos en los comicios de agosto, menos del 3% requerido para mantener su estatus legal.
Decisión del órgano electoral
El vocal del TSE, Gustavo Ávila, explicó que la Sala Plena ratificó la cancelación de la personería jurídica de ADN y rechazó su recurso. Sin embargo, el procedimiento obliga a enviar los antecedentes al TCP para su pronunciamiento final. El partido y el organismo esperan ahora la resolución del tribunal constitucional.
Antecedentes de la disputa legal
La Ley 1096 establece como causal para la pérdida de la personería jurídica no haber obtenido al menos el 3% de los votos válidos en la última elección. ADN presentó dos iniciativas legales: un recurso de revisión extraordinario, que fue rechazado, y la solicitud al TSE para promover la acción de inconstitucionalidad.
Cierre: A la espera del fallo constitucional
El proceso ahora depende del TCP, que debe verificar el trámite y emitir una resolución sobre la constitucionalidad de la ley. La decisión del tribunal tendrá repercusión inmediata en el estatus legal de ADN y otras organizaciones políticas afectadas por la norma.