TSE sanciona con multa a ciudadanos que no voten en segunda vuelta
Multa del 20% del salario mínimo nacional por no votar o no presentar certificado de sufragio en 90 días. El Tribunal Supremo Electoral (TSE) aplica sanciones para la segunda vuelta electoral del domingo 19 de octubre.
Consecuencias del incumplimiento
La resolución TSE-RSP-ADM N° 0428/2024 establece que el incumplimiento no solo implica la multa económica. Los ciudadanos sancionados tendrán restricciones temporales para acceder a cargos públicos, realizar trámites bancarios y obtener pasaporte por 90 días.
Excepciones a la sanción
Están exentos de la multa las personas mayores de 70 años, quienes demuestren haber estado fuera del país el día de la elección y los casos de fuerza mayor debidamente comprobados.
Sanciones a jurados electorales
La normativa también contempla sanciones para los jurados. La falta injustificada a las mesas de sufragio conlleva una multa del 50% del salario mínimo, equivalente a 1.375 bolivianos. Otras faltas como ausentarse temporalmente sin autorización o no participar en juntas también generan multas porcentuales.
Antecedentes de la normativa
El TSE determinó las sanciones mediante resolución específica para la segunda vuelta de las elecciones generales, aplicando el marco legal electoral vigente.
Implicaciones del proceso
Las sanciones económicas y restrictivas buscan garantizar la participación ciudadana y el correcto desarrollo del proceso electoral, afectando a diversos actores como notarios, servidores públicos y ciudadanos.