TSE impone restricciones electorales para balotaje del 19 de octubre
Seis prohibiciones entran en vigor desde este jueves 16 de octubre para la segunda vuelta presidencial. El Tribunal Supremo Electoral (TSE) aplica medidas respaldadas por la Ley 018 y Ley 026 para garantizar el desarrollo de los comicios.
Prohibiciones en vigor
Desde las 00:00 del jueves 16 hasta las 18:00 del domingo 19 de octubre rige el silencio electoral. No se permite propaganda en espacios públicos, medios de comunicación o redes sociales. Desde el viernes 17 hasta el lunes 20 de octubre se prohíbe la venta y consumo de alcohol en domicilios y establecimientos.
Restricciones para el día de votación
El domingo 19 de octubre se aplican cuatro disposiciones clave. Queda prohibido portar armas, con excepción de las Fuerzas Armadas y la Policía. Se suspenden reuniones y espectáculos públicos. No se permite trasladar electores entre recintos de votación. Rige prohibición de circulación vehicular, excepto para servicios autorizados.
Marco legal y consecuencias
El TSE fundamenta las medidas en la Ley del Órgano Electoral y la Ley del Régimen Electoral. Los infractores serán remitidos al Ministerio Público según el artículo 238 de la Ley 026. La institución exhorta al cumplimiento estricto para garantizar una jornada pacífica.
Implicaciones para el proceso
Las restricciones buscan asegurar el orden y transparencia del balotaje. El TSE afirma que su cumplimiento fortalece la democracia y permite un desarrollo seguro de esta jornada electoral inédita en Bolivia.