Gobierno decreta pago de vacaciones no usadas a funcionarios públicos
El pago se efectuará en un plazo máximo de 45 días calendario. El Decreto Supremo 5470, aprobado el 8 de octubre, modifica el reglamento del funcionario público y establece los casos específicos para este beneficio.
Casos que activan el pago
La norma detalla que el derecho es irrenunciable, pero la compensación pecuniaria solo aplica en situaciones excepcionales. Estos casos son: fallecimiento, extinción de la entidad, destitución, renuncia al cargo o fallo judicial ejecutoriado. En caso de fallecimiento, el pago corresponde a los herederos.
Procedimiento para los funcionarios
Para destituciones, renuncias o extinción de la entidad, el pago se realiza de oficio, lo que significa que no se requiere una solicitud expresa por parte del servidor público afectado.
Financiación de la medida
El decreto especifica el origen de los fondos para hacer frente a esta obligación. Las entidades que no se financian con el TESORO GENERAL DE LA NACIÓN (TGN) cubrirán el costo con su presupuesto interno. Aquellas que sí dependen del TGN podrán solicitar estos recursos, previa evaluación de su presupuesto.
Antecedentes de la norma
El presidente Luis Arce y su gabinete aprobaron la medida a pocas semanas de dejar la administración del país, en un contexto de crisis económica. La disposición modifica el Reglamento de la Ley del Estatuto del Funcionario Público.
Implementación del decreto
Los ministros del Estado quedaron encargados de la ejecución y cumplimiento del Decreto Supremo 5470. La norma ya fue publicada en la Gaceta Oficial, dándole plena validez legal.