Bolivia prohíbe por ley el matrimonio y la unión libre con menores de edad
La Ley N° 1639, promulgada el 24 de septiembre de 2025, modifica el Código de las Familias. La norma declara nulos estos enlaces y elimina la excepción que permitía el casamiento desde los 16 años con autorización paterna o judicial.
Modificaciones Legales Clave
La Asamblea Legislativa Plurinacional aprobó la norma que establece la mayoría de edad como requisito único para contraer matrimonio o unión libre. El Artículo 170 ahora indica que cualquier unión que involucre a un menor es nula de pleno derecho y no puede convalidarse.
Antecedentes y Cifras
La Defensoría del Pueblo registró 4.804 matrimonios de adolescentes mujeres entre 2014 y septiembre de 2023. El 62% correspondía a jóvenes de 17 años y el 38% a adolescentes de 16 años.
Vigencia y Situaciones Previas
La ley aclara que los matrimonios celebrados antes del 24 de septiembre de 2025 mantienen su validez, a menos que exista una causal de nulidad prevista en el código. La norma fue promulgada de inmediato por el vicepresidente David Choquehuanca.
Nueva Regulación sobre Conflictos de Interés
Se añadió un artículo para proteger a los menores. Si los padres actúan contra el interés del hijo, un familiar puede denunciarlo y un juez nombrará un curador especial. También se aplica cuando los hijos menores tienen intereses opuestos entre sí.
Actualización del Marco Legal Familiar
Con esta modificación, el Código de las Familias y del Proceso Familiar actualiza su objetivo de regular los derechos de los integrantes de la familia y establecer los procedimientos judiciales en estas materias.