Plazo para solicitar exención por no votar vence este martes
Hasta este martes 16 de septiembre pueden gestionar el certificado de exención los ciudadanos que no votaron en las Elecciones Generales del 17 de agosto. Quienes no justifiquen su inasistencia deberán pagar una multa.
Requisitos para la justificación
Para el trámite se necesita una nota explicativa al TED, una fotocopia de la cédula de identidad y documentación de respaldo que justifique la imposibilidad, como pasajes o certificados médicos.
Consecuencia por no regularizar la situación
En caso de no contar con una justificación válida, los ciudadanos deberán pagar una multa equivalente al 20 % del salario mínimo nacional, es decir, Bs 550.
Trámite y vigencia del certificado
La recepción de documentos se realiza en oficinas de los TED de 8:30 a 16:30. El certificado de exención puede gestionarse hasta 30 días después de la jornada electoral, según la Ley 026.
Implicaciones del certificado
El TSE recordó que, durante los 90 días posteriores a la elección, este certificado o el de sufragio son documentos indispensables para acceder a cargos públicos, realizar trámites bancarios u obtener pasaporte.