Jurados electorales pueden excusarse hasta el 27 de julio
Nueve causales permiten evitar el servicio en las elecciones del 17 de agosto. El plazo para presentar excusas comenzó este lunes 21 de julio y requiere documentación específica según cada caso. El trámite varía si el jurado está en zonas rurales o en el exterior.
«Documentar el impedimento es clave»
Según el artículo 16 del Reglamento de Elecciones Generales 2025, los jurados deben presentar su excusa por escrito ante el Tribunal Electoral Departamental o notarios asignados. «En zonas rurales o el exterior, los plazos y responsables cambian», especifica la norma. La resolución de aceptación o rechazo es inmediata.
Causales aceptadas
Las excusas válidas incluyen: enfermedad certificada, gestación, fuerza mayor, ser candidato o dirigente político, prestar servicios esenciales el día de votación, tener más de 60 años o cuidar a personas dependientes o menores lactantes. Cada caso exige documentos como certificados médicos, laborales o copias de cédula.
Procedimientos diferenciados
En áreas rurales, las excusas se gestionan con notarios electorales, mientras que en el exterior los representantes del Tribunal Supremo Electoral (TSE) las resuelven. Si el jurado sorteado está en Bolivia pero votaba en el exterior, debe acudir al Tribunal Departamental de su residencia actual.
Un trámite con historia
El sistema de excusas para jurados electorales se mantiene desde procesos anteriores, ajustándose a contextos como la pandemia o la dispersión geográfica. La normativa actual prioriza agilidad, pero exige sustento documental para evitar abusos.
Todo se define en una semana
El ciudadano que presente su excusa antes del domingo 27 conocerá la decisión al instante. Quienes no cumplan los requisitos deberán ejercer como jurados en las elecciones generales, bajo sanciones previstas por la ley.