ASFI exige licencia a empresas que operan con criptoactivos en Bolivia
Las empresas de tecnología financiera deben tramitar su autorización antes del 12 de diciembre. La medida, vigente desde este martes, busca regular el sector de activos virtuales. La ASFI supervisará el cumplimiento del nuevo reglamento.
«Sin licencia no hay operación»
La Autoridad de Servicios Financieros (ASFI) aprobó la Resolución 5040/2025, que obliga a las Empresas de Tecnología Financiera (ETF) a obtener una licencia. «El reglamento ya está en vigencia», confirmó Ivette Espinoza, directora general de la institución. Las empresas deben presentar garantías de seriedad y someterse a evaluación para continuar operando.
¿Quiénes deben adecuarse?
La norma aplica a ETF constituidas en Bolivia que ofrezcan servicios financieros, de seguros o mercados de valores. También incluye a empresas extranjeras con alianzas locales. Espinoza detalló que el plazo para iniciar el trámite vence el 12 de diciembre.
Proceso paso a paso
Las ETF deben: 1) Presentar solicitud formal, 2) Aportar documentación requerida y 3) Esperar la resolución de la ASFI. Solo tras la aprobación recibirán la licencia y se devolverá su garantía. «Cumplir con lo presentado es obligatorio», enfatizó Espinoza.
Un mercado bajo la lupa
Bolivia prohibió el uso de criptomonedas en 2014, pero el crecimiento de plataformas tecnológicas impulsó esta regulación. La ASFI busca evitar riesgos financieros sin frenar la innovación, siguiendo tendencias regionales.
Operar con reglas claras
El éxito de la medida dependerá de su aplicación uniforme y del cumplimiento de las ETF. Los usuarios finales podrán identificar entidades autorizadas, reduciendo riesgos en transacciones con activos virtuales.