Senado aprueba revisión de resultados electorales en caso de fraude
La Comisión de Constitución modifica el proyecto de preclusión para permitir auditorías. La norma, enviada por el TSE para las elecciones de agosto, generó debate sobre el derecho a impugnar. Se excluyó del pleno esta semana por falta de quorum.
«Fraude electoral: la excepción que rompe la regla»
El artículo 2 original prohibía revisar o repetir cualquier etapa electoral, pero la versión aprobada ahora permite excepciones si hay «evidencia de fraude». «El anterior decía que nadie podía auditar un proceso», explicó el senador Luis Adolfo Flores (Evoista). La modificación afecta elecciones, referendos y revocatorias.
El conflicto entre preclusión y derecho a reclamar
Flores aclaró que el principio de preclusión no anula las impugnaciones en plazo: «Todos tienen derecho a quejarse en el momento preciso que dice la ley». Criticó la confusión entre este derecho y la irreversibilidad de resultados una vez cerrados los plazos legales.
Un proyecto en carrera contra el reloj
El proyecto forma parte del paquete del Tribunal Supremo Electoral (TSE) para garantizar los comicios del 17 de agosto. La Cámara de Diputados lo aprobó en mayo, pero el Senado no lo tratará esta semana por bloqueos que impidieron el quorum.
Cuando las urnas no son la última palabra
La norma original buscaba blindar los resultados electorales contra impugnaciones tardías, siguiendo estándares internacionales. Sin embargo, la presión política llevó a incorporar un mecanismo excepcional ante denuncias de fraude, en un contexto de polarización preelectoral.
El balón queda en el pleno
La reforma podría cambiar las reglas de impugnación a semanas de las elecciones. Su aplicación dependerá de la aprobación final del Senado y de cómo se defina jurídicamente la «evidencia de fraude».