TCP prohíbe reelección indefinida en Bolivia mediante sentencia
El Tribunal Constitucional Plurinacional limita derechos políticos sin reforma legal. Las resoluciones 0007/2025 y 083/2024 reabren el debate sobre la separación de poderes. Expertos cuestionan si la medida cumple con el principio de reserva de ley exigido por la Corte Interamericana.
«La democracia exige que las leyes las hagan los legisladores»
El principio de reserva de ley, reconocido en derecho internacional, establece que solo el poder legislativo puede restringir derechos fundamentales. Sin embargo, el TCP prohibió la reelección indefinida mediante interpretación judicial, sin una reforma constitucional o ley previa. «Es una reforma encubierta», critica el autor.
Posturas enfrentadas
Mientras Farit Rojas Tudela defiende que la Constitución solo limita la reelección continua, Franz Barrios Suvelza argumenta que el Artículo 168 prohíbe todo tercer mandato. El TCP adoptó esta última interpretación, pero sin demostrar claridad en el texto constitucional.
Advertencia internacional
La Corte IDH señaló en su Opinión Consultiva OC-28/21 que las restricciones a derechos políticos deben estar en leyes formales, no en sentencias. El autor subraya que el TCP «usurpa funciones legislativas» al crear prohibiciones no escritas.
Una herida a la división de poderes
Bolivia arrastra tensiones institucionales desde la polémica reelección de Evo Morales en 2019. La actual controversia refleja el riesgo de que los tribunales reemplacen al legislativo, según expertos. La Constitución exige reformas vía Asamblea Legislativa o referendo (Art. 411).
El futuro dependerá del respeto a las reglas
La legitimidad de las limitaciones a la reelección requiere participación ciudadana y debate parlamentario. Las sentencias del TCP, aunque buscan proteger la democracia, podrían erosionar la seguridad jurídica si no se ajustan al principio de reserva de ley.