TCP prohíbe reelección discontinua y acceso a otros cargos en Bolivia
El Tribunal Constitucional Plurinacional (TCP) emitió sentencias que limitan derechos políticos sin base constitucional expresa. Las resoluciones SC 0007/2025 y AC 083/2024 amplían restricciones más allá de lo establecido por la Corte IDH, generando críticas por exceder sus competencias.
«Reforma encubierta» sin consulta popular
El TCP prohibió la repostulación discontinua de expresidentes y su acceso a cargos como vicepresidencia o legislaturas, pese a que el artículo 168 de la Constitución solo limita la reelección continua. «Es una modificación material sin seguir el procedimiento del artículo 411», señala el análisis. La medida no requirió aprobación de la Asamblea Legislativa ni referéndum.
Desviación de estándares internacionales
La Corte Interamericana de Derechos Humanos (CIDH), en su Opinión Consultiva OC-28/21, permitía restringir solo la reelección indefinida consecutiva, no la discontinua ni otros cargos. El TCP ignoró este marco, aplicando «prohibiciones desproporcionadas» sin respaldo en jurisprudencia internacional.
Bases jurídicas cuestionadas
Las sentencias se apoyan en la SC 1010/2023, un caso sobre libertad de expresión en elecciones judiciales, y en obiter dicta (opiniones no vinculantes). Expertos destacan la «inconsistencia al usar precedentes irrelevantes» para limitar derechos políticos.
Antecedentes: Un debate reavivado
La polémica resurge tras la OC-28/21 de la CIDH, que validaba límites razonables a la reelección. Bolivia ya había prohibido la indefinida en 2017, pero el TCP ahora extiende las restricciones más allá del texto constitucional, en un contexto donde seis de sus magistrados ejercen en prórroga, sin renovación.
Institucionalidad en la cuerda floja
Las resoluciones podrían derivar en procesos judiciales contra magistrados por usurpación de funciones constituyentes. La controversia expone tensiones entre el control constitucional y la soberanía popular, sin claridad sobre su impacto en futuros procesos electorales.