TCP prohíbe tercera postulación presidencial en Bolivia
El Tribunal Constitucional ratifica límite de dos mandatos, continuos o discontinuos. La decisión unánime busca garantizar las elecciones del 17 de agosto y alinea al país con fallos internacionales sobre reelección.
«Roja definitiva al eterno candidato»
El TCP emitió la SCP 007/2025, que «cierra cualquier posibilidad de tercera postulación presidencial», incluso para quien ya ejerció el cargo dos veces. La resolución aplica control de convencionalidad basado en la Opinión Consultiva 28/21 de la Corte IDH, que en 2021 declaró incompatible la reelección indefinida con la democracia representativa.
Impacto electoral inmediato
La medida bloquea específicamente al «eterno pretendiente al trono» (alusión no nombrada a Evo Morales) y sus seguidores del Chapare. El TCP enfatizó que su fallo «brinda certezas al proceso electoral» ante el calendario del Tribunal Supremo Electoral.
Fundamento jurídico
La resolución retoma el principio de alternancia en el poder de la Carta Democrática Interamericana y cita a la Comisión de Venecia: «En sistemas presidenciales, el cambio periódico evita concentración excesiva de poder». Destaca que la prohibición aplica tanto para mandatos continuos como discontinuos.
Un debate con historia
La Corte IDH ya había zanjado en 2021 que no existe derecho humano a la reelección indefinida. Bolivia arrastraba tensiones desde el referéndum de 2016 (que rechazó la reelección), seguido por una polémica habilitación judicial en 2017.
Adiós al «sueño eterno»
El fallo consolida el límite de dos mandatos y sella jurídicamente la imposibilidad de retornos discontinuos. La decisión, aunque con críticas de sectores afines al expresidente, alinea a Bolivia con estándares interamericanos y refuerza el calendario electoral.