Ministerio de Trabajo excluye a altos cargos del alza salarial

La Resolución 512/25 excluye a presidentes, gerentes y directivos del incremento del 5% en salarios, aplicable solo a trabajadores en relación de dependencia.
El Deber

Ministerio de Trabajo excluye a altos cargos privados del alza salarial obligatoria

La Resolución 512/25 excluye a presidentes, gerentes y directivos del incremento del 5%. La norma, publicada el 16/05/2025, establece que el beneficio solo aplica para trabajadores en relación de dependencia. El pago retroactivo desde enero debe realizarse antes del 31 de julio.

«Niveles salariales ya acordes al cargo»

El Ministerio de Trabajo especificó que el aumento no es obligatorio para cargos como presidentes, vicepresidentes, directores o gerentes en el sector privado, «que tengan remuneración acorde a sus funciones». La medida sí aplica para «toda trabajadora o trabajador en condiciones de subordinación y dependencia», según el texto legal.

Sector público: magisterio y fuerzas armadas prioritarios

El viceministro Gonzalo Zambrana aclaró que en el ámbito estatal, el incremento beneficiará al Magisterio, Salud, Fuerzas Armadas y Policía Boliviana. Recordó que el salario mínimo nacional ahora es de Bs 2.750, tras el aumento del 10% acordado en abril de 2025.

De la mesa de negociación al bolsillo

El decreto del alza salarial surgió tras un acuerdo entre el Gobierno y la Central Obrera Boliviana (COB). El salario mínimo pasó de Bs 2.500 a Bs 2.750, mientras que el haber básico aumentó un 5% para la mayoría de los sectores.

Plazos y retroactivos en marcha

Las empresas tienen hasta el 31 de julio para pagar el retroactivo correspondiente a los meses de enero a abril de 2025. La resolución busca garantizar que el beneficio llegue principalmente a los trabajadores con menores ingresos.