TCP aclara que el TSE debe decidir sobre la habilitación de Evo Morales
El Tribunal Constitucional Plurinacional (TCP) descarta competencia en caso de reelección de Morales. Expertos señalan que el Tribunal Supremo Electoral (TSE) debe aplicar normas internacionales que prohiben la reelección indefinida. La polémica surge tras sentencias contradictorias desde 2017.
«El TSE tiene la última palabra, no el TCP»
Según declaraciones del 30/3/2025, el TCP afirmó que la habilitación de Evo Morales corresponde exclusivamente al TSE. Esto contradice interpretaciones previas que sugerían que el TCP debía resolver el caso. «Las sentencias posteriores a 2017 no modifican la prohibición de reelección indefinida», sostienen expertos.
Normas internacionales priman sobre decisiones locales
El artículo 168 de la Constitución boliviana, junto con la Convención Americana de Derechos Humanos (CADH) y la Carta Democrática Interamericana (CDI), prohíben la reelección continua e indefinida. La Corte Interamericana de Derechos Humanos (Corte IDH) establece que el TSE debe aplicar este bloque normativo «de oficio».
Una historia de sentencias contradictorias
En 2017, la SCP 84/2017 del TCP permitió la repostulación de Morales, pero en 2023, la SCP 1010/2023-S4 reiteró la prohibición. Expertos sostienen que la primera sentencia es «nula» por violar tratados internacionales. El TSE ahora debe decidir si acepta o rechaza una eventual candidatura.
El TSE, entre la ley y la presión política
Si el TSE habilita a Morales, podría invalidar el proceso electoral y exponer al país a sanciones internacionales. Si lo rechaza, aplicaría el bloque de constitucionalidad. La decisión marcará un precedente en la democracia boliviana.
Un fallo que definirá el futuro político
La resolución del TSE determinará si Bolivia cumple con estándares internacionales o enfrenta crisis institucional. La prohibición de reelección indefinida es clara, pero su aplicación dependerá de la interpretación del órgano electoral.